Quedaron de la siguiente manera (desde el 01/03/2024):
Uno por ciento (1%) de Jubilación Ordinaria Básica en todos los fueros (Ley 10.727). | $ 3.000,00 |
Incidentes en todos los fueros, treinta por ciento (30%) del concepto anterior. | $ 900,00 |
$ 3.000,00
Uno por ciento (1%) de Jubilación Ordinaria Básica en todos los fueros (Ley 10.727).
$ 900,00
Incidentes en todos los fueros, treinta por ciento (30%) del concepto anterior.